TESTIMONIO: VISTO: El Expediente Municipal Nº 8506-B/91, por el que la Sociedad de Fomento Barrio oeste "Gendarmería Nacional", solicita la donación de una fracción de terreno ubicado en Avenida Cereijo esquina 6 de la ciudad de Balcarce, donde han construido su sede, y CONSIDERANDO: Que por Ordenanza Nº 48/94 el Honorable Concejo Deliberante autorizó a la Municipalidad la cesión a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires para la construcción del Jardin de Infantes Nº 911.- Que por la Ordenanza citada en el considerando anterior se autorizó también la cesión de una parcela de terreno a la Sociedad de Fomento "Gendarmería Nacional".- Que ambas cesiones fueron hechas sobre el inmueble identificado catastralmente como Circ. I; Secc. C; Manz. 239; Parcela 5a, con una superficie de 1.858,95m2 del Partido de Balcarce.- Que el terreno cedido a la Sociedad de Fomento "Gendarmería Nacional" sobre el inmueble mencionado en el considerando tercero es parte de la parcela 5a. consta de 22,50 mts. de frente por el rumbo Sudeste con calle 6; 4,24 mts. de ochava al Sud; 33,90 mts. de frente por el rumbo Sudoeste con Avenida Cereijo y 25,50 mts. por el rumbo Noroeste, lindando con la parcela 6, totalizando una superficie de 936,45 m2.- Que la escrituración de tal lote de terreno en favor de la Sociedad de Fomento "Gendarmería Nacional" se efectuar a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Que a tal fin resulta indispensable declarar dicha donación como de Interés Público.- POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 40/97 ------------------------------ ARTICULO 1.- Declárase de Interés Público la cesión de un lote de ------------ terreno a la Sociedad de Fomento "Gendarmería Nacional" situado sobre el inmueble identificado catastralmente como Circ. I; Secc. C; Manz. 239; Parcela 5a; del Partido de Balcarce, cuyas dimensiones especificas surgen de los considerandos de la presente.---------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Gírese a la Escribanía General de Gobierno de la ------------ Provincia de Buenos Aires a efectos de formalizar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio.------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------